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TM Tax Advisors Azusa · California
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Problemas con el IRS

Usted no tiene que hablar con el IRS personalmente

Firme un Formulario 2848 y cada carta, cada llamada y cada fecha límite pasa a ser nuestra responsabilidad.

La mayoría de las cartas son rutinarias — una discrepancia de datos, un formulario faltante, un pago no acreditado. Atendidas a tiempo, muchas se cierran sin cambios y sin impuesto a pagar. Lo que convierte una carta rutinaria en un problema serio es el plazo impreso en ella.

Los plazos vencen, las determinaciones quedan firmes, los derechos de apelación expiran, y algo solucionable se convierte en un asunto de cobranza. Envíenos la carta el día que llegue — la primera revisión no cuesta nada.

Alcance

Qué incluye

Carta revisada en 24 horas

Envíenos la carta. Le decimos qué dice realmente, cuál es el plazo verdadero y el resultado probable.

Análisis completo de transcripciones

Obtenemos sus transcripciones de cuenta, salarios e ingresos del IRS para trabajar con sus datos, no con suposiciones.

Representación en auditorías

Auditorías por correspondencia, de oficina y de campo — federales y de California. Asistimos en su representación.

Apelaciones y reconsideración

Si el auditor se equivoca, llevamos el caso a la Oficina Independiente de Apelaciones o pedimos reconsideración.

Respuestas a cartas CP2000

Las cartas de ingresos no reportados son propuestas, no facturas. Respondemos con documentos antes de que se conviertan en una determinación.

Defensa ante EDD y CDTFA

Auditorías de clasificación laboral y exámenes de impuesto sobre ventas — mucho más comunes en California de lo que se cree.

Resultado

Por qué importa

Derechos ilimitados de representación

Los Agentes Inscritos tienen licencia federal y pueden representar a cualquier contribuyente, en cualquier estado, ante el IRS.

Las llamadas dejan de llegarle a usted

Una vez presentado el poder, la correspondencia se redirige a nuestra oficina.

No se dice nada que no deba decirse

Las auditorías se amplían cuando el contribuyente ofrece información de más. Respondemos lo que se pregunta y mantenemos el alcance donde corresponde.

Proceso

Cómo funciona

  1. Envíe la carta

    Fotografíela y súbala. La revisamos el mismo día y le llamamos con una explicación clara.

  2. Poder notarial fiscal

    Usted firma el Formulario 2848. El IRS empieza a tratar con nosotros en lugar de con usted.

  3. Construir el expediente

    Transcripciones, comprobantes y una respuesta escrita. La mayoría de los casos se ganan con documentación, no con argumentos.

  4. Resolver o apelar

    Buscamos el cierre más limpio posible y escalamos si el auditor no cede.

Ideal para

Para quién es

  • Cualquier persona con una carta CP2000, CP14, LT11 o similar
  • Negocios seleccionados para auditoría, federal o de California
  • Empleadores con una auditoría de clasificación laboral del EDD
  • Contribuyentes cuyo preparador anterior ya no está disponible
  • Personas que han ignorado las cartas y quieren que pare

Preguntas

Preguntas

El IRS inicia contacto por correo postal, nunca por llamada, mensaje de texto o correo electrónico, y nunca exige pago con tarjetas de regalo o transferencias. Envíenos la carta y la verificaremos contra su transcripción real del IRS en un día, sin costo.

No. La representación es rutinaria y esperada — los auditores trabajan con profesionales todos los días. Una respuesta bien documentada y presentada profesionalmente tiende a reducir el alcance de una auditoría, no a ampliarlo.

En casi todos los casos, no. Con el Formulario 2848 presentado, asistimos en su lugar. Hay excepciones limitadas donde el IRS puede citar directamente al contribuyente, y se lo diríamos de inmediato si aplicara a su caso.

Haga una pregunta

Se necesita a menudo junto con esto

Otros servicios

  1. Impuestos Atrasados y Declaraciones sin Presentar

    Las declaraciones sin presentar y los saldos impagos se sienten permanentes. No lo son. Casi todos los casos tienen un camino legal definido — lo difícil es empezar.

  2. Gravámenes, Embargos y Retención de Salario

    Un gravamen es un reclamo sobre lo que usted posee. Un embargo se lo lleva. La diferencia entre ambos suele ser una carta que tenía treinta días para contestar.

  3. Auditorías del EDD y CDTFA en California

    Una auditoría del EDD o del CDTFA revisa años hacia atrás, aplica un método en lugar de contar, y cae sobre negocios que nunca tuvieron un problema federal.

Averigüemos lo que realmente debería estar pagando.

Treinta minutos con un Agente Inscrito, sin costo. Traiga la declaración del año pasado y le diremos con claridad qué haríamos distinto — y cuánto costaría.